Según el decreto al que haces referencia y, particularmente, al Artículo Primero transitorio (y no al Segundo, como mencionas), la Ley será valida a los 120 días hábiles luego de su publicación en el DOF. Siendo ésta el 11/01/2012, tendría validez hasta julio y no en mayo.
El Artículo Primero transitorio, estabelece que ley entrara en vigor a los ciento veinte dias habiles siguientes al de su publicacion en el Diario Oficial. La ley se publico el 11 de Enero de 2012 mas 120 dias habiles seria en teoria el 28 de Mayo de 2012. Muchas veces no se cumplen estos plazos de entrada en vigor.
Cristos,
Según el decreto al que haces referencia y, particularmente, al Artículo Primero transitorio (y no al Segundo, como mencionas), la Ley será valida a los 120 días hábiles luego de su publicación en el DOF. Siendo ésta el 11/01/2012, tendría validez hasta julio y no en mayo.
Saludos,
Edgar.
Edgar,
El Artículo Primero transitorio, estabelece que ley entrara en vigor a los ciento veinte dias habiles siguientes al de su publicacion en el Diario Oficial. La ley se publico el 11 de Enero de 2012 mas 120 dias habiles seria en teoria el 28 de Mayo de 2012. Muchas veces no se cumplen estos plazos de entrada en vigor.
Saludos,
Cristos