Publicación Oficial de la Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones

Después de que el Presidente Enrique Pena Nieto firmara ayer el Decreto sobre la promulgación de la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones, la Secretaría de Gobernación publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones cuyo propósito general es fortalecer los derechos vinculados con la libertad de expresión e información, el establecimiento del derecho al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluidos los servicios de banda ancha; así como fomentar la libre competencia en televisión abierta y restringida, radio, telefonía fija y móvil y en general la liberalización de los límites de inversiones en materia de servicios de telecomunicaciones.

El Decreto que publicó la Secretaría de Gobernación modifica los artículos 6º, 7º, 27º, 28º, la fracción XVII del artículo 73; la fracción VII del artículo 78 y el párrafo quinto del artículo 94 y la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Vale la pena destacar que el Artículo Tercero transitorio de la iniciativa establece un plazo de 180 días naturales para que el Congreso de la Unión realice las adecuaciones necesarias al marco jurídico secundario debiendo:

  • Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración;
  • Regular el organismos publico anteriormente denominado Organismo Promotor de Medios Audiovisuales;
  • Establecer los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión, a efecto de que únicamente existan concesiones, asegurando una diversidad de medios que permita distinguir las concesiones de uso comercial, público, social y privado que incluyan las comunitarias e indígenas;
  • Regular el derecho de réplica;
  • Establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia;
  • Establecer los mecanismos que aseguren la promoción de la producción nacional independiente;
  • Establecer prohibiciones específicas en materia de subsidios cruzados o trato preferencial, consistentes con los principios de competencia, para el efecto de que los operadores de radiodifusión o telecomunicaciones no otorguen subsidios a los servicios que proporcionan, por sí o a través de sus empresas subsidiarias, filiales, afiliadas o que pertenezcan al mismo grupo de interés económico, debiendo cada concesionario fijar tarifas mínimas, consistentes con los principios de competencia, para la emisión de anuncios, las cuales serán presentadas ante la autoridad para su registro público;
  • Determinar los criterios conforme a los cuales el nuevo Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las autorizaciones para el acceso a la multiprogramación, bajo los principios de competencia y calidad, garantizado el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias, incluyendo el pago de las contraprestaciones debidas;
  • Crear un Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones, integrado por miembros honorarios y encargado de fungir como órgano asesor en la observancia de los principios establecidos en los artículos 6o. y 7o. constitucionales, y;
  • Aprobar las leyes, reformas y adiciones que deriven de este Decreto, entre otras disposiciones y lineamientos de carácter general.

Algunos comentarios y observaciones personales relacionados con la iniciativa de reforma en materia de telecomunicaciones se encuentran en la siguiente entrada

Recomendamos ver las siguientes entrevistas en donde se habla de los logros de la reforma constitucional y los retos sobre la creación de la legislación secundaria.

Entrevista con el Senador Javier Corral